El TSJC rechaza la suspensión cautelar del cierre del CEIP El Pegregal de Castro Urdiales
El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha desestimado las pretensiones de familias y docentes del Centro de Educación Infantil y Primaria El Pedregal de Castro Urdiales de que el Gobierno de Cantabria suspendiera de forma cautelar la supresión de este centro escolar.

Además, y en consecuencia, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC también rechaza anular la supresión de plazas docentes del CEIP y que los progenitores con alumnos en este centro puedan volver a matricularles el próximo curso escolar 2025-2026 si así lo desean.
Así lo resuelven los magistrados del alto tribunal cántabro en un auto, fechado el 21 de agosto, difundido este viernes y consultado por Europa Press, en el que desestiman las pretensiones de tutela cautelar formuladas por el AMPA (Asociación de Madres y Padres de Alumnos) de El Pedregal, el STEC (Sindicato de Trabajadores de la Enseñanza de Cantabria) y tres profesores más.
Los demandantes recurrieron al TSJC el decreto del Ejecutivo regional por el que se modifican los centros de educación infantil y primaria de la comunidad de cara al próximo año académico, que recoge la desaparición de ocho escuelas infantiles públicas de varios municipios a petición de sus ayuntamientos, además de El Pedregal, debido a que la Fundación Barquín Hermoso, propietaria del edificio que lo alberga, no prorrogará su cesión.
Así, la "mera posibilidad" de pérdida del inmueble donde se ubica es "sostén objetivo" para que la Consejería de Educación modifique la estructura de centros, suprimiendo este de Castro y reubicando a los alumnos en otros.
TONO APODÍCTICO Y SIN JUSTIFICACIÓN CONCRETA
La Sala, que impone a los demandantes las costas -limitadas a 300 euros como máximo-, explica que la supresión del colegio de Castro Urdiales "solo perjudicaría el interés" de las familias y docentes que se oponen al cierre si afectase al derecho a la educación y se "imposibilitara o entorpeciera" el ejercicio del mismo, desde el punto de vista de la escolarización en condiciones "razonables de accesibilidad y calidad".
Un perjuicio, añaden los jueces, que han de probar la parte demandante, extremo que según la Sala "no ha hecho". En este sentido, censura el "tono apodíctico" de la falta de "justificación concreta" de progenitores y docentes al afirmar que la eliminación del centro "obliga" a las familias a buscar "alternativas" de escolarización para los menores y que se verían "perjudicados los menos favorecidos económicamente" al estar el CEIP próximo a sus viviendas.
Aseveración, apunta el TSJC, que "no viene de la mano de una justificación concreta, la cual habría de denotar que la supresión implica serias dificultades para escolarizar a los menores para la realización del curso 2025-2026, por la inexistencia de otros centros de razonablemetne accesibilidad o de otros escollos con similar potencial".
Y al hilo, los magistrados destacan que la administración, "sin refutación alguna" del AMPA o el STEC, ha indicado que en los demás centros educativos de Castro hay "plazas suficientes" para albergar los alumnos de El Pedregal.
Por lo demás, los jueces consideran "aventurada" la alusión al impacto emocional que la "mudanza" de colegio provocaría en los alumnos por el cambio de compañeros y profesores: Es una "proposición apodíctica, sin justificación objetiva alguna".
DECISIÓN ADMINISTRATIVA
Con todo, el TSJ cántabro señala que la supresión del centro docente, "lo mismo que su creación", es una "decisión administrativa" y "no vinculada jurídicamente a la actuación de terceros".
Y añade que la "mera posibilidad" de pérdida del inmueble donde se ubica, por decisión de la entidad propietaria del edificio, es "sostén objetivo" para que el Gobierno modifique la estructura de centros, suprimiendo este de Castro y reubicando a los alumnos en otros.
"Ello amén de que", concluye el auto, "el mantenimiento del centro no es necesario y su cierre supone un ahorro anual para la administración educativa de 544.742 euros".
VALORACIÓN SILVA
El consejero del ramo, Sergio Silva, ha valorado la resolución del TSJC y ha enfatizado que no ha quedado acreditado que se vulnere el derecho a la educación de los alumnos afectados, que "están convenientemente escolarizados para el próximo curso en los otros cinco colegios públicos de Castro Urdiales".
También ha resaltado, como han hecho los magistrados, que la decisión de suprimir el centro se enmarca dentro de la potestad que tiene su departamento de organizar los recursos públicos de los que dispone: "Es una actuación perfectamente legal que no vulnera ese derecho a la educación y que se enmarca en una gestión eficiente y responsable y sostenible de los recursos públicos".
"Se vuelve a confirmar cautelarmente la decisión de la Consejería de Educación del cierre del centro, enmarcándola dentro de la legalidad y sobre todo haciendo énfasis en que en ningún caso se entorpece el derecho a la educación y a la escolarización", ha insistido el titular del departamento, que ha vuelto a apelar a la "responsabilidad" de "todos" para "no introducir elementos de debate" en un asunto como la escolarización de alumnos en la enseñanza básica".
"Estamos en un proceso ordinario de escolarización, estamos organizando los recursos públicos de la educación de Cantabria de una manera razonable, de una manera sostenible y, sobre todo, atendiendo al derecho a la educación y al bienestar de los menores, que es lo que más nos debe interesar a todos", ha concluido.
Sé el primero en comentar