Cultura convoca ayudas a salas de exhibición cinematográfica por más de 164.000 euros
El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) ha publicado este lunes 2 el extracto de la Orden de la Consejería de Cultura por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de subvenciones, por más de 164.000 euros y en régimen de concurrencia competitiva, a titulares de salas de exhibición cinematográfica, para favorecer la creación de audiencias en Cantabria durante este año.
El Gobierno ha informado que las ayudas se dirigen a las entidades locales y empresas privadas titulares de salas de exhibición o complejos cinematográficos ubicados en Cantabria, para contribuir a sufragar los gastos corrientes derivados de su gestión y funcionamiento en 2026.
En concreto, se destinan 164.434 euros, de los cuales, para entidades locales se reservan 44.434 y para empresas privadas, un máximo 120.000.
Las subvenciones no podrán superar el 80% del presupuesto subvencionable, ni las siguientes cuantías máximas: en el caso de entidades locales, 12.000 euro por sala o complejo cinematográfico, y en el de empresas privadas, 20.000 por sala o complejo cinematográfico que cuente con un máximo de dos pantallas y 25.000 por complejo que tenga tres o más pantallas.
Podrán beneficiarse de estas subvenciones las entidades locales que sean titulares de salas de exhibición o complejos cinematográficos y las empresas privadas, ya sean personas físicas (empresarios individuales) o personas jurídicas privadas con forma societaria (sociedades mercantiles o civiles) que sean titulares de salas de exhibición o complejos cinematográficos ubicados en Cantabria.
Se considera sala de exhibición cinematográfica el local o recinto de exhibición cinematográfica abierto al público mediante precio o contraprestación fijado por el derecho de asistencia a la proyección de películas determinadas, bien sea dicho local permanente o de temporada, y cualesquiera que sean su ubicación y titularidad.
Mientras que se define complejo cinematográfico el local que tenga dos o más pantallas de exhibición y cuya explotación se realice bajo la titularidad de una misma persona física o jurídica con identificación bajo un mismo rótulo.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Cantabria del extracto de la convocatoria.
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